Certificado Electrónico
Tipos de Certificado Electrónico.
Sois muchos los que os ponéis en contacto con nosotros preguntando sobre el tema de los Certificados Electrónicos para la empresa, puesto que debéis renovar, tienen cargos extra y además son diferentes.
Os comento.
Existen dos tipos de certificados electrónicos según la Agencia Tributaria.
- Los Certificados Reconocidos: que son aquellos certificados electrónicos que requieren de los requisitos que marcan la Ley de Firma Electrónica 59/2003.
- Los Certificados Electrónicos: que son documentos que van firmados electrónicamente por aquel que presta el servicio de certificación. Este certificado vincula los datos de verificación de firma y un firmante, confirmando así su identidad.
Según la normativa actual existen:
- Certificados de persona jurídica: Para personas físicas que son representantes de personas jurídicas
- Certificados de persona física: Para persona individual
- Certificados de Administración Pública: Certificados AP
- Certificados de entidad sin personalidad jurídica: Para aquellas personas físicas que representan a entidades sin personalidad jurídica de ámbito tributario y otras cuestiones que están previstas en la vigente legislación.
En día 1 de Julio de 2016 dejaron de emitirse certificados de firma electrónica para personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica, aunque estos podían seguir utilizándose hasta su renovación o caducidad.
Para sustituir estos certificados podrán utilizarse entidades sin personalidad jurídica o bien certificados con firma electrónica de personas representantes.
Clasificación de los certificados según su soporte.
- De Tarjeta: Aquellos que se encuentran alojados en una tarjeta
- De Software: Están en ficheros. No tienen soportes físicos. Están alojados en Servidores y Ordenadores.
Estos son los tipos de certificados más comunes
La entidad emisora de certificados electrónicos es la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Ofrece la modalidad de certificado para representantes de persona jurídica también llamado Representante para Administradores únicos y solidarios.
Las ventajas de esta modalidad consiste en que si el representante legal (administrador único y solidario) dispone de una certificación de persona física de la FNMT o un DNI. Puede obtener un certificado de administrador único y solidario, sin necesidad de personarse en la oficina de registro. Solo debe identificarse en internet.
No es necesario personarse en el registro mercantil para acreditar la facultad de representación. Se reduce así el nº de trámites necesarios para la obtención del certificado.